Thursday, August 17, 2006

justicia y trabajo

El trabajo es ante todo un derecho humano. La dignidad del hombre depende de la oportunidad de formar parte de la construcción y la realización del bien común, y este propósito intrínseco se expresa en el trabajo.
En el mundo social, además de aportar medios para la subsistencia a través del acceso a la renta, y de permitir la integración, el trabajo conlleva implícita la posibilidad de la realización personal.
La remuneración justa integra el compromiso del trabajador con el trabajo y su reconocimiento por parte de la empresa. La valoración del trabajo, como factor principal de la dinámica social, implica un compromiso recíproco, cuya retribución se expresa en el salario justo.
Los criterios para la remuneración justa suponen entonces, primeramente, una aportación efectiva del trabajador a la producción y luego, una valoración de este trabajo también efectiva.
El trabajo no es una mercancía, al ser naturalmente una actividad humana, releva a la persona y pone al sujeto que trabaja como centro de la relación. En este sentido el salario debe necesariamente permitir que el trabajador satisfaga sus necesidades sociales y económicas básicas.
Pero, más allá de la teoría, y a pesar de su lógica, la realidad es que la dimensión ética del trabajo humano no encuentra en nuestros días un camino fácil.
La explotación infantil a través del trabajo, comunidades completas afanando las cosechas de caña durante quince horas diarias por un dólar y medio a la semana, niños cargando más peso que el propio para tener agua, los nefastos sistemas previsionales y de protección del trabajador, son sólo ejemplos de una sociedad que no aún no alcanza, ni por las astas, condiciones mínimas de dignidad en el trabajo humano.

No comments: